Vencimiento de declaraciones informativas por presentar en el mes de febrero
Vencimiento de declaraciones informativas por presentar en el mes de febrero
Recuerde que en el mes de febrero deben presentarse las declaraciones informativas D-151 (declaración anual resumen de clientes, proveedores y gastos específicos) y D-152 (resumen anual de retenciones).
La primera de ellas, ha caído prácticamente en desuso pues no aplica para contribuyentes que utilizan facturación electrónica, la cual es prácticamente de uso generalizado en el país. La segunda: resumen anual de retenciones sí aplica para reportar el resumen de las retenciones en la fuente realizadas durante el período fiscal anterior. No deje de lado esta obligación, que si bien no implica una obligación de pago, su omisión sí genera la multa por no suministrar información a la Administración Tributaria.
La fecha límite para su presentación es el próximo 29 de febrero, según página del Ministerio de Hacienda.
Acérquese a BDO para apoyarle con estos temas, contáctenos aquí.
La primera de ellas, ha caído prácticamente en desuso pues no aplica para contribuyentes que utilizan facturación electrónica, la cual es prácticamente de uso generalizado en el país. La segunda: resumen anual de retenciones sí aplica para reportar el resumen de las retenciones en la fuente realizadas durante el período fiscal anterior. No deje de lado esta obligación, que si bien no implica una obligación de pago, su omisión sí genera la multa por no suministrar información a la Administración Tributaria.
La fecha límite para su presentación es el próximo 29 de febrero, según página del Ministerio de Hacienda.
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