Publicación de Resolución Conjunta para Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales
Publicación de Resolución Conjunta para Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales
En seguimiento al trámite de Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) y con el fin de mantenerlo informado de las disposiciones que rigen esta obligación, hacemos de su conocimiento que en La Gaceta número 174, de fecha 19 de setiembre de 2024 se publicó la nueva Resolución Conjunta de Alcance General para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.
El periodo de declaración para el 2024 se mantiene para el próximo mes de octubre, y se establece que, en todos los casos, la declaración deberá ser presentada por medio del representante legal para lo cual este deberá contar con firma digital, o en su defecto se permitirá que la misma sea presentada por medio de un apoderado generalísimo. Sin embargo, se mantiene la posibilidad de utilizar poderes especiales en el tanto se encuentre vigente la medida cautelar formulada por el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.
Adicionalmente, tal y como se había adelantado las Organizaciones Sin fines de Lucro, Asociaciones Solidaristas, Mutuales y Cooperativas deberán cumplir con la primera declaración durante el mismo mes, debiendo presentar la siguiente información:
Si usted es uno de los nuevos sujetos obligados para la presentación de la Declaración de RTBF, y requiere apoyo navegando esta nuevo obligación, la compilación de la documentación de respaldo y/o el acceso al sistema, nuestro equipo especializado en la materia queda a su total disposición para apoyarle, puede contactarnos para recibir una cotización y aclarar sus consultas correo rbf@bdo.cr
El periodo de declaración para el 2024 se mantiene para el próximo mes de octubre, y se establece que, en todos los casos, la declaración deberá ser presentada por medio del representante legal para lo cual este deberá contar con firma digital, o en su defecto se permitirá que la misma sea presentada por medio de un apoderado generalísimo. Sin embargo, se mantiene la posibilidad de utilizar poderes especiales en el tanto se encuentre vigente la medida cautelar formulada por el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.
Adicionalmente, tal y como se había adelantado las Organizaciones Sin fines de Lucro, Asociaciones Solidaristas, Mutuales y Cooperativas deberán cumplir con la primera declaración durante el mismo mes, debiendo presentar la siguiente información:
- Datos identificativos de la organización.
- Propósito y objetivos de sus actividades.
- Datos identificativos de la estructura de control (sea Junta Directiva, Directores o Consejo de Administración).
- Detalle de ingresos y egresos como el “Estado de Resultados” y el “Balance de Comprobación”, o en su defecto un auxiliar de ingresos y egresos en donde se vean reflejados los montos totales anuales del periodo a declarar, segregados en forma mensual (dicha información se deberá cargar al sistema en forma de archivo).
- En el caso de las Organizaciones sin fines de lucro, se deberá incluir además información general tanto de los donantes como de los destinatarios de donaciones, asimismo se debe contar con el monto de la donación en el tanto esta sea igual o superior a un salario base (aproximadamente $680 dólares).
Si usted es uno de los nuevos sujetos obligados para la presentación de la Declaración de RTBF, y requiere apoyo navegando esta nuevo obligación, la compilación de la documentación de respaldo y/o el acceso al sistema, nuestro equipo especializado en la materia queda a su total disposición para apoyarle, puede contactarnos para recibir una cotización y aclarar sus consultas correo rbf@bdo.cr