Derogación del Impuesto de Timbre Fiscal en Costa Rica
Derogación del Impuesto de Timbre Fiscal en Costa Rica
Mediante la Ley 10586 denominada Simplificación de impuestos para levantar la eficiencia y competitividad (Fase 1), publicada en el Alcance No. 195 a La Gaceta 227 el pasado 3 de diciembre de 2024, se derogan varios impuestos, siendo el de mayor relevancia el timbre fiscal, el cual es considerado el impuesto más antiguo del país, por estar vigente desde 1885.
¿Qué implicaciones tiene esta derogatoria?
El impuesto de timbre fiscal gravaba diversos actos jurídicos (judiciales y extrajudiciales) así como contratos (públicos y privados), alguno de ellos inscribibles en Registros, como el Registro Nacional y el Registro Civil. El pago del timbre se constituía en un elemento necesario para poder establecer sus efectos o exigir su cumplimiento ante distintas autoridades; típico ejemplo lo constituían los contratos de arrendamiento, en los cuales resultaba exigido e indispensable en caso exigir judicialmente el desahucio, por ejemplo, o bien para trámites municipales como las patentes comerciales de operación.
Además de aumentar los costos asociados a los contratos, una de las características principales de este tributo lo constituía la penalidad por el no pago. En este sentido, la ley disponía que aquellos documentos que no cumplían con el pago oportuno, para tener efectos jurídicos debían cancelar diez veces el valor del timbre no pagado o pagado en forma incompleta, lo que podía constituir una contingencia importante.
¿Qué significa para todos?
A partir de ahora, se prescindirá del pago del timbre fiscal para los actos jurídicos y contratos que anteriormente requerían de este pago.
La eliminación de este tributo es positiva; el timbre fiscal era realmente un tributo no fiscalizado especialmente para contrataciones en instrumento privado, que representaba una carga administrativa y económica que sólo afectaba a los pocos que decidían estar en cumplimiento, en detrimento del desarrollo de negocios y su competitividad.
Quedamos a su disposición para brindarles toda la asesoría necesaria respecto a esta nueva medida y su impacto en sus operaciones. Para cualquier consulta adicional o asistencia en la revisión de sus documentos legales, no duden en contactarnos.