Actualización al Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales 2024
Actualización al Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales 2024
Organizaciones sin fines de lucro, Asociaciones Solidaristas, Mutuales y Cooperativas deberán presentar Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.
En seguimiento al trámite de Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF) y con el fin de mantenerlo informado de las disposiciones que rigen esta obligación, hacemos de su conocimiento que recientemente la Dirección General de Tributación y el Instituto Costarricense sobre Drogas emitieron un borrador de una nueva Resolución Conjunta de Alcance General del RTBF (el “Borrador”).
Dispone el Borrador que las Organizaciones sin fines de lucro, Asociaciones Solidaristas, Mutuales y Cooperativas deberán cumplir con la primer declaración de RTBF en octubre, 2024, debiendo presentar la siguiente información:
Nota: En el caso de las Organizaciones sin fines de lucro, se deberá incluir además información de los donantes, por lo que se debe contar con el monto de la donación y los datos generales del donante, en el tanto la donación sea igual o superior a un salario base (aproximadamente $680 dólares)
Adicionalmente se establece que en todos los casos, la declaración deberá ser presentada por medio del representante legal para lo cual este deberá contar con firma digital, o en su defecto se permitirá que la misma sea presentada por medio de un apoderado generalísimo.
Importante aclarar que el Borrador se encuentra en etapa de revisión, por lo que las disposiciones regirían hasta que se emita formalmente y se publique en La Gaceta.
Nuestro equipo procurará mantenerle informado, quedamos a su disposición al correo rbf@bdo.cr para cualquier consulta.
Dispone el Borrador que las Organizaciones sin fines de lucro, Asociaciones Solidaristas, Mutuales y Cooperativas deberán cumplir con la primer declaración de RTBF en octubre, 2024, debiendo presentar la siguiente información:
- Datos identificativos de la organización.
- Propósito y objetivos de sus actividades.
- Datos identificativos de la estructura de control (sea Junta Directiva, Directores o Consejo de Administración).
- Detalle de ingresos y egresos (que se deberá cargar al sistema en forma de archivo).
Nota: En el caso de las Organizaciones sin fines de lucro, se deberá incluir además información de los donantes, por lo que se debe contar con el monto de la donación y los datos generales del donante, en el tanto la donación sea igual o superior a un salario base (aproximadamente $680 dólares)
Adicionalmente se establece que en todos los casos, la declaración deberá ser presentada por medio del representante legal para lo cual este deberá contar con firma digital, o en su defecto se permitirá que la misma sea presentada por medio de un apoderado generalísimo.
Importante aclarar que el Borrador se encuentra en etapa de revisión, por lo que las disposiciones regirían hasta que se emita formalmente y se publique en La Gaceta.
Nuestro equipo procurará mantenerle informado, quedamos a su disposición al correo rbf@bdo.cr para cualquier consulta.