Se modifica formulario de reporte anual de Sociedades Inactivas y se da prórroga para el 31 de mayo
Se modifica formulario de reporte anual de Sociedades Inactivas y se da prórroga para el 31 de mayo
En el Diario Oficial La Gaceta del Miércoles 29 de marzo del 2023, se publicó modificación sobre la obligación de reporte tributario que le corresponde anualmente a las Sociedades Inactivas.
Se trata de la resolución DGT-RES-0007-2023, la cual establece que las Sociedades Inactivas bajo el código de actividad 960113, deberán presentar el formulario D-195 a más tardar el 30 de abril de cada año calendario. Este formulario corresponde a una declaración informativa resumida que refleja sus bienes y obligaciones en el período fiscal del año anterior.
La resolución incluye una guía del llenado del formulario D-195 y un anexo con el formulario, el cual presenta formato de cuestionario que requiere información con considerable nivel de detalle.
De manera transitoria se incluye una prórroga para el 31 de mayo del 2023, como fecha límite para la presentación del Formulario D-195, para los períodos 2020, 2021, y 2022.
Además, se contempla un transitorio que aclara que para todas aquellas personas jurídicas que, antes de la fecha de vigencia de la resolución, hayan presentado el reporte en la modalidad anterior (D-101 Simplificado) no deberán presentar una nueva declaración y se considerará válida la realizada con el formato anterior.